Calendario orientativo para autónomos, pymes y sociedades mercantiles en España.
Verifactu modifica la forma en que millones de autónomos y empresas emiten facturas en España. No se trata solo de «actualizar el programa»: implica usar un Sistema Informático de Facturación (SIF) que garantice integridad, trazabilidad y remisión de registros a la Agencia Tributaria (AEAT).
La gran pregunta práctica es cuándo será obligatorio y qué conviene hacer mientras llega esa fecha. En este artículo repasamos el calendario previsto, a quién afecta en cada fase y cómo adelantarse sin esperar al último momento.
Verifactu formaba parte de la estrategia de la AEAT contra el fraude fiscal, recogida en la Ley Antifraude y desarrollada mediante el Real Decreto de requisitos de los sistemas informáticos de facturación.
La implantación original generó una fuerte demanda de información y adaptación por parte de autónomos, gestorías y fabricantes de software. A finales de 2025, el Gobierno anunció un retraso en la entrada en vigor de la obligatoriedad generalizada, aplazando el calendario aproximadamente un año respecto a las fechas inicialmente previstas para 2026.
Ese aplazamiento no elimina la obligación: pospone el plazo. Para la mayoría de negocios, la ventana útil para elegir software, probarlo y formar al equipo sigue siendo 2026, especialmente la segunda mitad del año, cuando la búsqueda de soluciones suele intensificarse de nuevo.
Según el calendario actualmente previsto, las fechas de referencia son:
| Fecha | Ámbito |
|---|---|
| 1 de enero de 2027 | Sociedades mercantiles (SA, SL y sociedades unipersonales sujetas al mismo régimen) |
| 1 de julio de 2027 | Autónomos y resto de empresas obligadas a utilizar software adaptado |
Nota: el calendario puede ajustarse mediante nuevas disposiciones. Conviene contrastar siempre la información en la web oficial de la AEAT sobre Verifactu y con su asesor fiscal.
En líneas generales, afectará a la mayoría de autónomos y empresas que utilicen un programa de facturación para emitir facturas, ya sea en la nube o instalado en el ordenador.
No todos los contribuyentes facturan con software —algunos casos muy concretos pueden quedar fuera—, pero si usted emite facturas mediante un SIF, lo habitual es que deba cumplir los requisitos Verifactu en su fecha correspondiente.
Si tiene dudas sobre su caso concreto (régimen especial, facturación manual excepcional, actividad muy concreta), lo prudente es consultarlo con su gestoría.
Más allá de la fecha, lo relevante es qué debe hacer su software cuando llegue la obligatoriedad:
Puede ampliar estos conceptos en nuestra guía sobre qué es Verifactu.
Pregunte a su proveedor si el programa que usa hoy cumplirá Verifactu en la fecha que le corresponda. Si la respuesta es vaga o negativa, conviene buscar alternativas cuanto antes.
Instalar, configurar y facturar en condiciones reales lleva tiempo. Un periodo de prueba —como los 30 días que ofrece FTFactu— permite comprobar si el flujo de trabajo encaja antes de la fecha límite.
Verifactu no obliga a la nube. Puede cumplir con un programa instalado en su PC si cumple los requisitos SIF. En el blog puede leer la comparativa cloud vs escritorio o la guía sobre un programa Verifactu sin nube.
Su asesor fiscal puede orientarle sobre plazos, excepciones y cómo encaja Verifactu con el resto de sus obligaciones. Adelantarse evita colas de consultas y urgencias de última hora en 2027.
Si facturan varias personas, reserven tiempo para aprender el nuevo programa, importar clientes y artículos, y revisar series de numeración antes del día uno.
Aunque la obligatoriedad esté aplazada, adelantarse en 2026 tiene ventajas claras:
La experiencia de finales de 2025 —cuando muchos buscaron soluciones antes de una fecha que finalmente se retrasó— demuestra que la demanda de software Verifactu puede dispararse cuando se acerca un deadline, aunque este se mueva.
| Periodo | Acción recomendada |
|---|---|
| Primer semestre 2026 | Informarse, comparar programas, descartar opciones que no cumplan SIF |
| Verano–otoño 2026 | Instalar prueba, migrar datos, definir proveedor definitivo |
| Final 2026 | Operar ya con software adaptado en producción |
| 2027 | Cumplir en la fecha legal que corresponda a su perfil |
En general, si emite facturas con software de facturación, deberá utilizar un SIF compatible en la fecha que le aplique. Confirme su caso con la AEAT o su gestoría si tiene un régimen especial.
Verifactu está pensado para quienes facturan mediante sistemas informáticos de facturación. Si usa herramientas que no cumplen los requisitos SIF, tendrá que migrar a un programa adaptado antes de su fecha de obligatoriedad.
El incumplimiento de las obligaciones en materia de sistemas informáticos de facturación puede conllevar sanciones. El detalle depende de la normativa vigente en cada momento; su asesor fiscal puede informarle con precisión.
Valore el historial del proveedor, si existe declaración responsable, pruebas disponibles y plazos concretos. Si la adaptación queda demasiado cerca de su fecha límite, es arriesgado no tener un plan B.
FTFactu es un programa de escritorio para Windows diseñado para cumplir los requisitos del sistema SIF de la AEAT, con envío de registros a Hacienda y declaración responsable del fabricante. Puede descargarlo y probarlo gratis durante 30 días.
Verifactu será obligatorio para la mayoría de autónomos y empresas que facturen con software, con fechas de referencia en 2027 según el tipo de contribuyente. La prórroga anunciada a finales de 2025 no elimina la necesidad de adaptarse: solo amplía el margen para hacerlo con calma.
Usar 2026 para informarse, comparar y probar un programa compatible —de nube o de escritorio— es la forma más segura de llegar al plazo sin sobresaltos operativos ni cambios apresurados de última hora.
Qué es Verifactu Comparativa de software Probar FTFactu
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